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IsoAldía es una aplicación para todo tipo de empresas y organizaciones, que agiliza y simplifica las tareas de los Sistemas de Gestión basados en normas ISO.

Es una herramienta sencilla, potente y multinorma que facilita la administración de los Sistemas de Gestión de las empresas.

Ayuda a la implantación, mantenimiento y mejora continua de los Sistemas de Gestión, sin necesidad de modificar o cambiar el Sistema implantado en cada empresa.

Más de 20 años de experiencia: En los sistemas de gestión y en la estrategia empresarial.
Ámbito nacional: Trabajamos allá donde están nuestros clientes.
Multisectorial: Nuestra dilatada experiencia nos permite colaborar con organizaciones de cualquier sector.
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Quiénes somos

CONSIGNO COMPLIANCE; Es una consultora independiente con más de veinte años de experiencia en la implementación, evaluación y validación de Modelos de Gestión, en la planificación estratégica, el la implementación de la herramientas del método LEAN y en los Sistema de Prevención de Delitos Penales.

Nosotros definimos así nuestra misión; Ayudar a nuestros clientes  en su crecimiento, colaborando para ser agentes del cambio en sus organizaciones creando valor, a través de la implementación de sistemas de gestión, desarrollando planes de negocios,  planes estratégicos, implementando herramientas lean.

Garantizamos el 100% de éxito en todos lo proyectos

 

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Últimas noticias

 

    • IsoAldía La APP para DIGITALIZAR el cumplimiento (Compliance) I
      Digitalizar el Sistema de Gestión de cumplimiento o Sistema Compliance no es, por el momento, realizar trabajos que requieran de la intervención humana para valorar situaciones o comportamientos susceptibles de ser considerados un incumplimiento. En cambio, la digitalización ayuda y simplifica aquellas tareas repetitivas y farragosas que consumen mucho tiempo y aportan poco valor añadido por más indispensables que sean. De entrada, puede parecer ridículo pretender automatizar un sistema tan complejo y de tanta trascendencia para cualquier organización comprometida o con cultura de cumplimiento. En efecto, si por automatizar entendemos sustituir la gestión del sistema sin la intervención humana y confiando el resultado a la tecnología y la integración de sistemas y datos, es por el momento una quimera. Existe en el mercado multitud de ofertas de software que con mayor o menor acierto son capaces de centralizar toda la información de los procesos de gestión de los sistemas de calidad, u otros, basados en normas ISO. Como otras muchas aplicaciones, IsoAldía se concibió como un software para apoyar los Sistemas de Gestión de cualquier norma ISO y también para gestionarlos de manera eficiente, en especial el Sistema de Cumplimiento Corporativo o Compliance Management. Pero a diferencia de otras muchas aplicaciones IsoAldía ha eliminado cualquier “utilidad” que no sea estrictamente necesaria para cumplir su objetivo. Esta simplificación tiene como propósito la EFICIENCIA, entendida como la capacidad de lograr los resultados deseados con el mínimo de recursos posibles. Esta aparente uniformidad en los resultados no resiste un análisis un poco más profundo. Con independencia de la gran variedad de precios que es sin duda un factor importante, las grandes diferencias se encuentran en los recursos necesarios para su manejo, la dificultad para el aprendizaje y, sobre todo, la multitud de informes y datos superfluos aparentemente potentes pero que en realidad no aportan nada para el propósito perseguido que no es otro que la gestión eficaz y eficiente del sistema. Así pues, y a diferencia de otras soluciones, IsoAldía prescinde de cualquier módulo que consuma recursos, fundamentalmente tiempo, para que el Sistema de gestión de Compliance, de ISO 9001 o del que se trate, cumpla todos los objetivos incluida la certificación de dichos sistemas. El software IsoAldía ha prescindido de muchos “adornos”, pero en cambio ha implementado un módulo de AVISOS para solucionar uno de los principales problemas, cuando no el principal, con que se encuentran los compliance officer, los directores de calidad y en general los responsables de los sistemas de gestión. Se trata del reiterado retraso con el que otros departamentos entregan la información, o realizan las tareas que se les piden. Pues bien, IsoAldía ante cualquier retraso o tarea con fecha de vencimiento, lanza un aviso recordatorio. Este aviso se repetirá (con la frecuencia que se establezca) hasta que se dé por realizada la tarea de que se trate. De este modo, con IsoAldía resulta muy sencillo cumplir con los plazos y muy enervante incumplirlos.... Read more...
    • Directiva Whistleblowing.  EticoAldía (II)
      Directiva Whistleblowing. Una necesaria trasposición al ordenamiento jurídico español. Con la transposición de esta norma, España dispondrá de un adecuado instrumento que permita amparar, ante posibles represalias, a los denunciantes de infracciones o irregularidades, fijando los requisitos y características de los canales de denuncias Pese a que las prioridades legislativas parecen ser otras, todo indica que a falta de su previsible ratificación por el Senado ya está todo listo para que por fin se materialice la transposición de la conocida como Directiva Whistleblowing de la UE (2019/1937), relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, publicada con fecha de 26 de noviembre de 2019. El texto aprobado por el Congreso el pasado 23 de septiembre, contiene algunas modificaciones sobre el anteproyecto de ley, pero estas son mínimas y sin gran relevancia. Así, podemos indicar las siguientes: Quedan como denunciables las acciones y omisiones constitutivas de infracción penal o administrativa, grave o muy grave. Las muy graves deberán ser de carácter doloso, e incluye también como infracción muy grave la no existencia de un sistema interno de información. A solicitud del informante, también podrá presentarse denuncia mediante una reunión presencial dentro del plazo máximo de siete días. Para organizaciones con menos de 250 empleados, el plazo máximo para definir el sistema de información y la adaptación de los existentes pasa al 1 de diciembre de 2023. El órgano de administración o de gobierno de cada entidad u organismo obligado por esta ley será el responsable de la implantación del Sistema interno de información, previa consulta con la representación legal de los empleados y tendrá la condición de responsable del tratamiento de los datos personales de conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre protección de datos personales. Si hubiera corresponsables del tratamiento de datos personales por la gestión del sistema por un tercero externo, se requiere la previa suscripción del acuerdo de corresponsabilidad regulado en el artículo 26 del RGPD[1]. Prohíbe la recopilación de datos personales que no sean claramente pertinentes para tratar una información específica y si fueran recopilados por accidente, se deberán eliminar sin dilaciones Limita el tratamiento de datos personales basados en el artículo 6.1.c) del RGPD a los sistemas de comunicación internos. Permite el tratamiento de las categorías especiales de datos personales por razones de un interés público esencial, de acuerdo con el artículo 9.2.g) del citado reglamento. Solamente se permite el tratamiento de datos personales que sean necesarios para el conocimiento e investigación de las acciones u omisiones denunciables, y se deberán suprimir de inmediato. Si la información contuviera datos personales incluidos en las categorías especiales, se han de suprimir sin registrarlos ni tratarlos. También instruye la inmediata supresión de la información que no sea veraz desde el momento en que se tenga constancia de esa circunstancia. Obliga a avisar al informante antes de revelar su identidad a la autoridad competente en el marco de una investigación, salvo que dicha información pudiera comprometer la investigación o el procedimiento judicial. También se considerarán como represalia los siguientes: La no conversión de un contrato de trabajo temporal en uno indefinido, si el trabajador tuviera expectativas legítimas de que se le ofrecería un trabajo indefinido; La denegación de formación, y la discriminación, o trato desfavorable o injusto. El plazo para solicitar protección de la autoridad competente se amplía de uno a dos años. Mención especial merece, por la cuantía de las mismas, el apartado de las sanciones Así para las infracciones leves fija un mínimo de 1.000 euros de multa para las personas físicas. El mínimo de la multa para los responsables de infracciones graves se fija en 10.000 euros, y la posibilidad de dar publicidad en el BOE de las sanciones superiores a 600.000 euros a entidades jurídicas tras la firmeza de la resolución en vía administrativa. Por el momento, las multas contempladas por el anteproyecto español son las más altas a nivel europeo. No obstante, la reforma del Código penal de 2015 introdujo la posibilidad de exención de responsabilidad a aquellas personas jurídicas que hubiesen implementado un modelo eficaz de prevención de riesgos penales con anterioridad a las irregularidades detectadas. A través de la web https://www.eticoaldia.com/web.html Compliance-Consigno, S.L. amplía toda la información relativa a los canales de denuncia, sus requisitos y características. [1] Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.... Read more...

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