No se puede hablar del “riesgo cero”. Todo sistema de gestión de riesgos penales se basa en el principio de seguridad razonable porque no existe el sistema perfecto.
Ante un incumplimiento procederá evaluar sus causas y determinar por qué no ha sido posible evitar la comisión del delito. Acto seguido, se procederá a su modificación. Solo cuando el incumplimiento sea reiterativo podrá afirmarse que el MPD es ineficaz.